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ANUNCIO del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza, por el que se notifica al Club de Vuelo U.L.M. acuerdo de fecha 27 de enero de 2011. (COT 50/2010/255).

Publicado el 05/04/2011 (Nº 68)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

No habiéndose podido practicar personalmente al Club de Vuelo U.L.M. el acuerdo del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza fecha 27 de enero de 2011, mediante el presente anuncio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero se efectúan las oportunas notificaciones:

Villanueva de Gállego: Informe para la modificación n.º 1 del Plan Parcial del Parque Industrial Aeronáutico de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana. COT 2010/255.

Visto el expediente relativo a la modificación puntual del Plan Parcial del Parque industrial Aeronáutico de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Gállego, se han apreciado los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.-La presente modificación tuvo entrada en el Registro General de la Diputación General de Aragón con fecha 15 de diciembre de 2010. Se aporta expediente administrativo completo y documento técnico redactado

Segundo.-Consta en el expediente administrativo Decreto de Alcaldía de fecha 14 de octubre de 2010 por el que se resuelve aprobar inicialmente la modificación n.º 1 del Plan Parcial del Parque industrial Aeronáutica de este municipio, promovida por el «Club de Vuela U.L.M. Villanueva de Gállego» y redactada por el Arquitecto D. Javier Álvarez Noguera en mayo de 2010 y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón el 11 de mayo de 2010. Asimismo, resuelve suspender el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en las áreas afectadas, resultando ser las parcelas «EQ5» «Aparcamiento Pista 2» y «Lateral Pista 4» de dicho Plan Parcial. Asimismo, se considera que, dado el carácter y alcance de la modificación propuesta no está sometida a ningún procedimiento de evaluación ambiental conforme a lo previsto en el artículo 11.4 y anexo I apartado 2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón y no es preciso solicitar ningún informe de Administraciones que ostentan competencias sectoriales concurrentes con dicha modificación».

Tercero.-El expediente de planeamiento se sometió a información pública por el plazo de un mes mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza número 248 de 28 de octubre de 2010, sin que se hayan presentado alegaciones según consta en la certificación expedida el 1 de diciembre de 2010 por el Secretario del Ayuntamiento.

Cuarto.-La aprobación del Plan Parcial del Polígono que nos ocupa de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento pleno con fecha 5 de febrero de 2007.

El objetivo del Plan Parcial era potenciar la instalación de empresas vinculadas al sector aeronáutico al mismo tiempo que el municipio de Villanueva de Gállego se promocionaba socio-económicamente. El objetivo era la ordenación de la zona, la recuperación de las pistas del aeródromo y la adecuación de las instalaciones a las nuevas necesidades planteadas con la futura superficie industrial vinculada al sector aeronáutico.

El Sector se desarrolla sobre terrenos clasificados de Suelo Urbanizable No Delimitado definido en el Plan General de Villanueva de Gállego, y cuya consulta previa a la delimitación se realiza en septiembre del año 2005.

Según se justifica, el antecedente a la tramitación del Plan Parcial que se modifica es el convenio firmado entre el ayuntamiento de Villanueva de Gállego y la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón S.L., Sociedad Unipersonal para el desarrollo de un polígono industrial para la instauración de un vivero de industria aeronáutica.

Quinto.-Por los Servicios Técnicos y Jurídicos del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza se ha analizado y estudiado la documentación relativa al expediente de la presente modificación.

Vistos los preceptos del Texto Refundido de la Ley de Suelo aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, de la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón; del Decreto 52/2002, de 19 de febrero del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios; de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida; de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; del Decreto 296/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; del Decreto 101/2010, de 7 de junio por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Urbanismo y de los Consejos Provinciales de Urbanismo; y demás normativa aplicable en la materia, se aprecian los siguientes fundamentos de derecho:

Primero.-El Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza es el órgano competente para emitir el informe en esta modificación, disponiendo para ello de tres meses, según señala el artículo 57 de la Ley 3/2009, de 17 de junio de Urbanismo de Aragón y los artículos 152 y siguientes del Decreto 52/02 del Gobierno de Aragón. En el caso de los Planes Parciales las modificaciones aisladas se llevarán a cabo conforme al procedimiento regulado, en el artículo 78 de la Ley 3/2009 y art. 154.2 del Decreto 52/2002.

Segundo.-La modificación del planeamiento se sustenta en actuaciones aisladas, aunque se puedan introducir determinaciones que lleven consigo cambios concretos en la clasificación o calificación del suelo.

Las modificaciones deben contener las siguientes determinaciones:

Justificación de su necesidad o conveniencia y estudio de sus efectos sobre el territorio.

Definición del nuevo contenido del Plan con un grado de precisión similar al modificado.

Tercero.-El informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza ante una modificación de plan parcial debe analizar el cumplimiento de las prohibiciones y exigencias procedimentales, competenciales, documentales y materiales establecidas en el ordenamiento jurídico así como que se respeten los principios de desarrollo sostenible, equilibrio territorial, movilidad sostenible, justificación de la correcta organización del desarrollo urbano, entre otros aspectos.

Las citadas exigencias, en concreto las documentales, las encontramos en el art. 78.1 y siguientes de la Ley 3/2009, de Urbanismo de Aragón y en el art. 154.1 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/99, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios. En especial, hay que hacer referencia a la Memoria ya que es la principal referencia de medida de la discrecionalidad y en la misma se debe de hacer referencia a un examen y análisis ponderado de las diferentes alternativas contempladas, plazos a que han de ajustarse las actuaciones previstas, justificación razonada del sistema de ponderación empleado para la elección del aprovechamiento, resultado del tramite de participación pública. Otros documentos que debe de contener un expediente de planeamiento son los planos (de información y de ordenación) adecuados al objeto que se pretende cambiar, las normas urbanísticas que se sean necesarias incluir como consecuencia del objeto de la Modificación y un estudio económico de las actuaciones emprendidas.

Cuarto.-El municipio de Villanueva de Gállego cuenta como instrumento de planeamiento urbanístico con un Plan General de Ordenación Urbana adaptado a la Ley 5/1999 de Urbanismo de Aragón.

Quinto.-En relación con el objeto de la presente modificación, cabe establecer las siguientes consideraciones. Se tramita la modificación a instancias de D. Antonio Olmeda Olmeda en representación del Club de Vuelo de ULM de Villanueva de Gállego.

El objeto de la modificación según consta es la ampliación del equipamiento polivalente número 5 en virtud de los compromisos adquiridos por parte de «Suelo y Vivienda de Aragón SLU» con el Club de Vuelo ULM Villanueva de Gállego». Dichos compromisos se encuentran recogidos en el contrato firmado entre ambas partes el 9 de abril de 2008, para la «Cesión de Uso de Terrenos con destino a Campo de Vuelo» (Anejo 1).

El citado contrato recogía entre sus cláusulas la cesión de una serie de elementos entre los que se encuentra «Zonas de hangares para aparcamiento de aeronaves (tres cuerpos de aproximadamente 3.270m2 de superficie total) e instalaciones anejas de 300m2 de superficie aproximada.

Las instalaciones anejas a que se hace referencia corresponderían a la parcela de Equipamiento Polivalente n.º 5 del Plan Parcial. En dicha parcela se haya actualmente construido el edificio donde se ubica la sede social del club.

La modificación del «Equipamiento n.º 5 (EQ-5)» amplía su superficie en 525,97m2 hasta alcanzar los 986,88m2 y supone una disminución de 155,59m2 de la superficie de sistema viario y aparcamiento de la pista número 2 sin variar el número de 18 plazas de aparcamiento en vial. Por otra parte, también disminuye la superficie de Zonas Verdes y Espacios Libres al disminuir la superficie de la parcela «Lateral de Pista 4» que se reduce en 370,38m2.

Las parcelas destinadas a «Industrial Aeronáutico» no resultan afectadas.

Junto con la modificación se incorpora como corrección de error material del Plan Parcial la discrepancia existente entre el «punto 4.5.2 Zona de equipamiento polivalente» en el que se indica para estas parcelas una edificabilidad máxima de 0,60m2/m2 y el artículo 66 y 67 de las Normas Urbanísticas 4.6 Determinaciones para la Zona de Equipamiento Polivalente, en el que se indica una edificabilidad máxima de 0,65m2/m2.

Sexto.-En relación con la justificación de la actuación propuesta, cabe establecer las siguientes consideraciones. En la memoria se establece que no resulta posible materializar los 300m2 de superficie para instalaciones anejas recogidas en el contrato por el área de movimiento de la edificación resultante de aplicar a la parcela los retranqueos de 5m a lindes y 10m al frente de parcela. Además, se argumenta que el tipo edificatorio resultante de pequeña planta y tres alturas no es el idóneo para las actividades de un club social.

La modificación se realiza para el cumplimiento de los compromisos formalizados en contrato entresuelo y Vivienda y el Club de Vuelo para que este último pueda realizar en la parcela de Equipamiento Polivalente nº 5 (EQ-5) la edificación de su sede social.

Así mismo, se justifica que el club de Vuelo como afectado por el desarrollo del plan Parcial puede legítimamente instar la presente modificación.

Se justifica que la edificabilidad de los equipamientos polivalentes no va a quedar definida por un índice de edificabilidad genérico, sino que se adjudica a cada una de las parcelas de manera específica. Esta edificabilidad quedaría reflejada para cada parcela en el cuadro de «Determinaciones del Plan Parcial» del documento aportado.

Séptimo.-A la vista de todo lo expuesto, cabe establecer las siguientes consideraciones.

En primer lugar, se justifica que la zona verde cumple con la dotación exigida. Sin embargo, cabe indicar que no estamos ante la redacción de un nuevo Plan Parcial donde se deba cumplir con los módulos de reserva legalmente establecidos. La situación de partida para la tramitación de la modificación es la de un Plan Parcial aprobado definitivamente con una determinada superficie de Zona Verde. La modificación disminuye esta superficie incumpliendo lo establecido en el artículo 79.3 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón que dispone que «cuando la modificación del plan tuviera por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de los espacios verdes y libres de dominio y uso público previstos en el plan, se requerirá como mínimo para aprobarla, que la previsión del mantenimiento de tales espacios sea de igual calidad que la exigida para los espacios ya previstos en el plan.

En segundo lugar, la diferencia en la regulación de la edificabilidad para las parcelas de equipamiento aún cuando se define como error material queda incorporada como objeto en el documento debiendo indicar que existe una situación confusa al respecto, en tanto que, mientras que la superficie de parcela en el punto 2 «Justificación de la solución adoptada» considera una superficie de 986,88m2 para la parcela de equipamiento (EQ-5) en el cuadro IV «Determinaciones del Plan Parcial» la superficie considerada para esta parcela es de 1.033,04m2 con una edificabilidad máxima de 500m2.

Finalmente, el contenido del informe de los servicios técnicos municipales propone una nueva redacción del artículo 66. «Edificabilidad» en el que la edificabilidad de la parcela EQ-2 parece estar equivocada figurando 2359,47m2 en lugar de 2.659,47m2. Al margen de corregir dicho error parece que la propuesta más correcta y que así consideran los servicios técnicos municipales es introducir una nueva redacción para el artículo 66 en el que la edificabilidad quedaría reflejada para cada parcela de equipamiento.

Octavo.-A la vista de todos los argumentos esgrimidos y fundamentos de derecho expuestos, no se considera justificada la modificación del plan parcial propuesta en tanto que se produce el incumplimiento de lo previsto en el artículo 79.3 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón. Cabe indicar que, si bien el segundo objeto no resulta inadecuado, por la remisión a la superficie que se informa desfavorablemente como primer objeto, por coherencia con el sentido del anterior no se puede realizar un informe favorable respecto de este segundo objeto.

En virtud de lo expuesto, el M.I. Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza, por unanimidad, acuerda:

Primero.-Informar desfavorablemente la modificación del Plan Parcial del Polígono industrial aeronáutico de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Gállego, conforme a los criterios establecidos en el artículo 49.2 de la Ley 3/2009, de Urbanismo de Aragón, con la siguiente motivación: no se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 79.3 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Segundo.-Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Villanueva de Gállego.

Contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 18 de marzo de 2011.-La Secretaria del Consejo, Eva María Salas Brosed.